Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia

Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia

La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, promulgada en 2009, establece un marco legal que reconoce la diversidad cultural y los derechos de las naciones indígenas. Este documento aborda la estructura del Estado, los derechos fundamentales, y las autonomías departamentales y municipales. Se enfoca en la importancia de la participación ciudadana y el control social en la gestión pública. Además, establece principios para la protección del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales. Es un recurso esencial para estudiantes de derecho y ciudadanos interesados en la política boliviana.

Key Points

  • Establishes the legal framework for Bolivia's Plurinational State
  • Recognizes the rights of indigenous nations and cultural diversity
  • Outlines the structure and functions of government
  • Promotes citizen participation and social control in governance
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Constitución Política del Estado (CPE) (7-Febrero-2009)
(Vigente)
PREÁMBULO
PREÁMBULO
En tiempos inmemoriales se erigieron montañas, se desplazaron ríos, se formaron lagos. Nuestra amazonia,
nuestro chaco, nuestro altiplano y nuestros llanos y valles se cubrieron de verdores y flores. Poblamos esta
sagrada Madre Tierra con rostros diferentes, y comprendimos desde entonces la pluralidad vigente de todas
las cosas y nuestra diversidad como seres y culturas. Así conformamos nuestros pueblos, y jamás
comprendimos el racismo hasta que lo sufrimos desde los funestos tiempos de la colonia.
El pueblo boliviano, de composición plural, desde la profundidad de la historia, inspirado en las luchas del
pasado, en la sublevación indígena anticolonial, en la independencia, en las luchas populares de liberación, en
las marchas indígenas, sociales y sindicales, en las guerras del agua y de octubre, en las luchas por la tierra y
territorio, y con la memoria de nuestros mártires, construimos un nuevo Estado.
Un Estado basado en el respeto e igualdad entre todos, con principios de soberanía, dignidad,
complementariedad, solidaridad, armonía y equidad en la distribución y redistribución del producto social,
donde predomine la búsqueda del vivir bien; con respeto a la pluralidad económica, social, jurídica, política y
cultural de los habitantes de esta tierra; en convivencia colectiva con acceso al agua, trabajo, educación, salud
y vivienda para todos.
Dejamos en el pasado el Estado colonial, republicano y neoliberal. Asumimos el reto histórico de construir
colectivamente el Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, que integra y articula los
propósitos de avanzar hacia una Bolivia democrática, productiva, portadora e inspiradora de la paz,
comprometida con el desarrollo integral y con la libre determinación de los pueblos.
Nosotros, mujeres y hombres, a través de la Asamblea Constituyente y con el poder originario del pueblo,
manifestamos nuestro compromiso con la unidad e integridad del país.
Cumpliendo el mandato de nuestros pueblos, con la fortaleza de nuestra Pachamama y gracias a Dios,
refundamos Bolivia.
Honor y gloria a los mártires de la gesta constituyente y liberadora, que han hecho posible esta nueva historia.
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Pueblo Boliviano a través del Referéndum de fecha 25 de enero de 2009, ha aprobado el
proyecto de Constitución Política del Estado, presentado al H. Congreso Nacional por la Asamblea
Constituyente el 15 de diciembre de 2007 con los ajustes establecidos por el H. Congreso Nacional. Por la
voluntad del soberano se proclama lo siguiente:
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CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
PRIMERA PARTE
BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO
DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS
TÍTULO I
BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO
CAPÍTULO PRIMERO
MODELO DE ESTADO
Artículo 1.
Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente,
soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el
pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.
Artículo 2.
Dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral
sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en
su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la
consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y la ley.
Artículo 3.
La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos
indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen
el pueblo boliviano.
Artículo 4.
El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales, de acuerdo con sus
cosmovisiones. El Estado es independiente de la religión.
Artículo 5.
I. Son idiomas oficiales del Estado el castellano y todos los idiomas de las naciones y pueblos indígena
originario campesinos, que son el aymara, araona, baure, bésiro, canichana, cavineño, cayubaba,
chácobo, chimán, ese ejja, guaraní, guarasu’we, guarayu, itonama, leco, machajuyai-kallawaya,
machineri, maropa, mojeño-trinitario, mojeño-ignaciano, moré, mosetén, movima, pacawara, puquina,
quechua, sirionó, tacana, tapiete, toromona, uru-chipaya, weenhayek, yaminawa, yuki, yuracaré y
zamuco.
II. El Gobierno plurinacional y los gobiernos departamentales deben utilizar al menos dos idiomas oficiales.
Uno de ellos debe ser el castellano, y el otro se decidirá tomando en cuenta el uso, la conveniencia, las
circunstancias, las necesidades y preferencias de la población en su totalidad o del territorio en cuestión.
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Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su territorio, y uno de ellos debe
ser el castellano.
Artículo 6.
I. Sucre es la Capital de Bolivia.
II. Los símbolos del Estado son la bandera tricolor rojo, amarillo y verde; el himno boliviano; el escudo de
armas; la wiphala; la escarapela; la flor de la kantuta y la flor del patujú.
CAPÍTULO SEGUNDO
PRINCIPIOS, VALORES Y FINES DEL ESTADO
Artículo 7.
La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada. De ella emanan, por
delegación, las funciones y atribuciones de los órganos del poder público; es inalienable e imprescriptible.
Artículo 8.
I. El Estado asume y promueve como principios ético-morales de la sociedad plural: ama qhilla, ama llulla,
ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida
armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble).
II. El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad,
reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades,
equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social,
distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien.
Artículo 9.
Son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la ley:
1. Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni
explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales.
2. Garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad y la protección e igual dignidad de las personas, las
naciones, los pueblos y las comunidades, y fomentar el respeto mutuo y el diálogo intracultural,
intercultural y plurilingüe.
3. Reafirmar y consolidar la unidad del país, y preservar como patrimonio histórico y humano la diversidad
plurinacional.
4. Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en
esta Constitución.
5. Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y al trabajo.
6. Promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, e
impulsar su industrialización, a través del desarrollo y del fortalecimiento de la base productiva en sus
diferentes dimensiones y niveles, así como la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las
generaciones actuales y futuras.
Artículo 10.
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FAQs of Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia

What are the main principles outlined in Bolivia's Constitution?
The Constitution emphasizes principles such as sovereignty, equality, and respect for cultural diversity. It establishes a Plurinational State that recognizes the rights of indigenous peoples and promotes social justice. The document also highlights the importance of citizen participation in governance and the need for sustainable management of natural resources. Additionally, it outlines the responsibilities of the government to ensure access to basic services like education, health, and water for all citizens.
How does the Constitution address indigenous rights?
The Constitution explicitly recognizes the rights of indigenous nations and peoples, granting them autonomy and the right to self-determination. It ensures that indigenous communities can manage their territories and resources according to their customs and traditions. The document mandates consultation with these communities before implementing any measures that may affect their rights or territories. This framework aims to empower indigenous populations and preserve their cultural heritage.
What is the significance of the Plurinational State concept?
The concept of a Plurinational State in Bolivia signifies the recognition of multiple nations within a single state framework. It aims to address historical injustices faced by indigenous peoples and promote a more inclusive governance model. This approach allows for the coexistence of various cultural identities and legal systems, fostering a sense of unity while respecting diversity. It represents a shift towards a more equitable society that values the contributions of all its citizens.
What role does citizen participation play in the Constitution?
Citizen participation is a fundamental aspect of the Constitution, which encourages active involvement in political processes. It outlines mechanisms for public consultation and social control over government actions. The Constitution mandates that citizens have the right to participate in decision-making processes, ensuring that their voices are heard in matters affecting their lives and communities. This emphasis on participation aims to strengthen democracy and accountability within the government.
How does the Constitution protect the environment?
The Constitution includes provisions for the protection of the environment, recognizing it as a collective right of the people. It mandates the sustainable use of natural resources and emphasizes the importance of environmental conservation. The document establishes that all activities impacting the environment must be conducted with respect for ecological balance and the rights of future generations. This commitment reflects Bolivia's dedication to addressing environmental challenges and promoting sustainability.

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